Observatorio Español del Seguro de Alquiler

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Decálogo para detectar los falsos seguros de alquiler

Los falsos Seguros de Impago de Alquiler son productos que garantizan el abono de las rentas en caso de impago por parte del inquilino, pero no cumplen con los requisitos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por lo que existe un importante riesgo de no cumplir con el pago de las rentas al propietario. Ante el aumento de la oferta generalizada del alquiler, de más del 50 por ciento en las grandes ciudades, y del consecuente crecimiento de la demanda de Seguros de Impago de Alquiler, la proliferación de falsas pólizas también afecta al mercado de forma preocupante. Para que los consumidores puedan protegerse de estas falsas pólizas, desde el Observatorio Español del Seguro de Alquiler (OESA) se ha elaborado un Decálogo con los puntos básicos para detectarlas.

El problema de los falsos Seguros de Impago de Alquiler es que los consumidores compran un producto diferente al que quieren y en caso de impago del inquilino pueden quedar desprotegidos. Así lo explica el Presidente de OESA, Javier Iscar: “estos productos se venden enmascarados con los apelativos de seguros, garantías, pólizas o similares. El propietario lo adquiere como si fuera un seguro emitido por una compañía supervisada por la Dirección General, pero no es así”.

Las aseguradoras ya han dado la voz de alarma a través de OESA. Han insistido en que sólo las compañías aseguradoras están supervisadas por el Estado y pueden garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas. La preocupación es tan importante que se ha estimado más de 50.000 los propietarios que podrían verse afectados y en riesgo de no cobrar las rentas garantizadas.

OESA también ha realizado un Decálogo para que los consumidores puedan detectar de forma sencilla estos productos con las siguientes pautas:   

  1. ¿Qué y quién está detrás de la Publicidad? Analizar las campañas de publicidad y resto de mensajes. Especialmente si son muy llamativos o insistentes.

 

  1. Más vale prevenir que lamentar. Sospechar de los productos que aseguran gestionar completamente el alquiler y pagan siempre un determinado día del mes. Algunos son casos de venta piramidal en los que las incidencias se pagan con las nuevas ventas. Pero no son empresas con solvencia comprobada a través de la Dirección General de Seguros.

 

  1. No hay duros a pesetas. Sospechar también de los precios agresivos y de los productos que solicitan pocas exigencias para los inquilinos o de aquellos que afirman que no tienen morosidad.

 

  1. Comprobar antes de comprar. Revisar detenidamente la web de presentación y venta del producto y comprobar que trabaja con compañías aseguradores.

 

  1. SI o SI una asegurada debe estar detrás de la póliza. El cliente debe de saber que entra las compañías habituales destacan y especializadas en este tipo de seguros son Arag, DAS, Mutua de Propietarios y Allianz.

 

  1. Mejor si hay un corredor de seguros especializado. Comprobar que el vendedor es la propia aseguradora, un mediador de seguros (corredor o agente exclusivo de seguros) o colaborador externo con formación homologada.

 

  1. La tranquilidad de un comparador y/o simulador. Valorar positivamente que la página disponga de un simulador o comparador que facilite el precio del seguro con las diferentes aseguradoras del mercado. Como en el seguro del automóvil. Así quedará comprobado que realmente es un seguro de impago de alquiler auténtico.

 

  1. ¿Pero qué me cubre? Solicitar una comparativa de las coberturas de cada seguro. Pues no todas las aseguradoras ofrecen lo mismo: meses de rentas, abogado, procurador, actos vandálicos… ¿Hay franquicia? ¿Hay carencia?

 

  1. ¿Con quién estoy contratando? Brujulear en Internet para conocer en profundidad la reputación de las empresas que comercializan los productos de alquileres seguros. Evitar contratar con empresas o marcas con críticas fundadas de los usuarios. Alguna, incluso, han tenido problemas legales.

 

  1. ¡Y si me quedan dudas está la web oficial! En caso de duda, consultar finalmente si la compañía está autorizada para operar en España en la página de la Dirección General de Seguros http://www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/RegistrosPublicos/Paginas/Aseguradoras.aspx